Calculadora de usufructo y nuda propiedad

Calcula al instante el valor del usufructo (vitalicio o temporal) y de la nuda propiedad de un inmueble según la regla fiscal española (art. 26 de la Ley 29/1987).

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Resultado orientativo. No sustituye el asesoramiento profesional ni una valoración registral o fiscal oficial.

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Qué son el usufructo y la nuda propiedad

Cuando la propiedad de un bien se divide, el pleno dominio se separa en dos derechos: el usufructo y la nuda propiedad. Es una situación muy habitual en herencias, donaciones y compraventas.

El usufructuario tiene derecho a usar el bien y a disfrutar de sus frutos (por ejemplo, vivir en la vivienda o cobrar su alquiler), pero no es su dueño pleno. El nudo propietario es el titular del bien, pero no puede usarlo ni disfrutarlo mientras dure el usufructo. Cuando el usufructo se extingue —normalmente al fallecer el usufructuario en el caso del vitalicio— el nudo propietario consolida el pleno dominio de forma automática.

Determinar el valor de cada derecho es imprescindible para calcular la base imponible del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), del ITP y AJD y para las operaciones de compraventa con reserva de usufructo.

Cómo se calcula el valor del usufructo

La valoración sigue las reglas fiscales del artículo 26 de la Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Se distingue entre usufructo vitalicio y temporal.

Usufructo vitalicio (regla del 89)

El valor del usufructo vitalicio depende de la edad del usufructuario. Se calcula restando su edad a 89:

% usufructo = 89 − edad del usufructuario
Con un mínimo del 10 % y un máximo del 70 % del valor del bien.
  • Si el usufructuario tiene menos de 20 años, el usufructo vale el 70 %.
  • Por cada año que supere los 19, se resta un 1 %.
  • El valor nunca baja del 10 % (se alcanza a partir de los 79 años).

Usufructo temporal

Cuando el usufructo se constituye por un plazo determinado, se valora en un 2 % por cada año de duración:

% usufructo = 2 % × número de años
Sin superar nunca el 70 % del valor del bien.

Nuda propiedad

El valor de la nuda propiedad es siempre el resto:

Valor nuda propiedad = Valor total del bien − Valor del usufructo

Tabla del valor del usufructo por edad

Esta tabla resume el porcentaje del usufructo vitalicio y de la nuda propiedad según la edad del usufructuario, aplicando la regla del 89:

Edad del usufructuario% Usufructo% Nuda propiedad
Menos de 20 años70 %30 %
30 años59 %41 %
40 años49 %51 %
50 años39 %61 %
60 años29 %71 %
65 años24 %76 %
70 años19 %81 %
75 años14 %86 %
79 años o más10 %90 %

El porcentaje del usufructo se calcula como 89 menos la edad, sin bajar del 10 % ni superar el 70 %. Para un cálculo exacto con cualquier edad y valor, usa la calculadora de arriba.

Ejemplo práctico

Una vivienda valorada en 200.000 € cuyo usufructuario vitalicio tiene 70 años:

Porcentaje de usufructo (89 − 70)19 %
Valor del usufructo (19 % de 200.000 €)38.000 €
Valor de la nuda propiedad (200.000 − 38.000)162.000 €

Así, quien reciba la nuda propiedad tributará sobre 162.000 € y el usufructuario sobre 38.000 €. Al extinguirse el usufructo, el nudo propietario consolidará el pleno dominio.

Del cálculo orientativo al dato oficial

Esta calculadora te da una estimación. Para conocer la titularidad real, las cargas y la situación registral del inmueble —o para un análisis fiscal completo de la operación— genera un informe de Virtual Mike a partir de la referencia catastral.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el valor del usufructo vitalicio?
Se aplica la regla del 89: se resta la edad del usufructuario a 89 y el resultado es el porcentaje del valor del bien que corresponde al usufructo, con un mínimo del 10 % y un máximo del 70 %. Si el usufructuario tiene menos de 20 años, el usufructo vale el 70 %.
¿Y el usufructo temporal?
El usufructo temporal se valora en un 2 % del valor del bien por cada año de duración pactada, sin superar nunca el 70 %. Por ejemplo, un usufructo de 10 años equivale al 20 % del valor.
¿Qué diferencia hay entre usufructuario y nudo propietario?
El usufructuario usa y disfruta el bien (puede vivir en la vivienda o cobrar su alquiler) pero no es dueño pleno. El nudo propietario es el titular del bien pero no puede usarlo hasta que el usufructo se extinga, momento en el que recupera el pleno dominio.
¿Para qué necesito calcular estos valores?
Para liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en herencias y donaciones, el ITP y AJD en compraventas, y para valorar operaciones con reserva de usufructo. La base imponible de cada parte se calcula sobre el valor de su derecho.
¿Cuánto vale el usufructo de una vivienda?
Depende de la edad del usufructuario (usufructo vitalicio) o de su duración (usufructo temporal). Por ejemplo, en una vivienda de 200.000 € con un usufructuario de 70 años, el usufructo vale el 19 %, es decir, 38.000 €. Usa la calculadora de arriba para tu caso concreto.
¿Se puede vender la nuda propiedad?
Sí. El nudo propietario puede vender o donar su nuda propiedad sin el consentimiento del usufructuario, aunque el comprador adquirirá el bien con la carga del usufructo hasta que este se extinga.
¿Qué ocurre con el usufructo cuando fallece el usufructuario?
El usufructo vitalicio se extingue con el fallecimiento y el nudo propietario consolida automáticamente el pleno dominio. Esa consolidación tributa en el Impuesto de Sucesiones sobre el valor que tenía el usufructo.
¿El resultado de la calculadora tiene validez legal?
No. El resultado es orientativo y sigue las reglas fiscales generales. Para una operación real conviene partir del valor de referencia o de mercado del inmueble y contar con asesoramiento profesional. Virtual Mike genera informes registrales, legales y fiscales a partir de la referencia catastral.

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Última actualización: julio de 2026 · Fundamento legal: art. 26 de la Ley 29/1987 del ISD.